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La violencia doméstica en California

La violencia doméstica en California¿Cómo se define la violencia doméstica en California?

La violencia doméstica se define como el hecho de que una persona inflija intencionadamente una lesión que provoque un estado traumático a su cónyuge, ex cónyuge, conviviente, ex conviviente o progenitor de su hijo. Esta conducta da lugar a un delito grave según el Código Penal de California 273.5A. 

¿Qué es una condena por agresión conyugal?

La agresión conyugal se define como el hecho de que el agresor toque deliberada o ilegalmente a la víctima de una manera dañina u ofensiva que no sea un acto de defensa propia.

Las condenas dan lugar a un curso obligatorio de 52 semanas sobre violencia doméstica. Se puede imponer una orden de alejamiento y penas de cárcel dependiendo de la gravedad del caso y de si se trata de un delito menor o grave. También hay multas y cargos, y si hay un delito posterior, la sentencia puede quedar en suspenso ante cualquier condena futura.

¿Se archivará el caso si una presunta víctima cambia su testimonio después de que se presenten los cargos relacionados con la violencia doméstica?

Los casos no se archivan necesariamente después de que una presunta víctima cambie su testimonio. Un testimonio alterado no impide que se presenten cargos. Lo que prevalece en esos casos son las pruebas encontradas en el momento de la detención, las encontradas cuando ocurrió el incidente y las encontradas cuando se denunció.

Desafortunadamente, las víctimas de violencia doméstica pueden tener lo que se llama síndrome del cónyuge maltratado, en el que alguien en una relación abusiva no puede comprender completamente el abuso bajo el que está, y es poco fiable. Ocurre comúnmente cuando las víctimas cambian su testimonio debido al trauma que han sufrido o por miedo, de modo que no es una garantía completa que se retiren los cargos por esas razones.

Pueden surgir problemas si el caso llega a juicio y la víctima se retracta de todo; sin embargo, si hay pruebas suficientes de que el incidente ocurrió, puede ser innecesario que la víctima testifique.

¿Necesitan comparecer los acusados en su proceso penal?

En estos casos de violencia doméstica, el acusado siempre tiene que comparecer. Por lo general, en los casos de delitos menores, el acusado no está obligado a comparecer ante el tribunal, pero en estos procedimientos, el acusado tiene que comparecer ante el tribunal en todas las audiencias. 

Siempre es prudente contratar a un abogado cuando se enfrentan estos cargos, dada la posible exposición a la custodia. Hay muchas formas en las que un abogado privado ayuda a mejorar las situaciones y a mitigar las posibles consecuencias. Un abogado hábil actuará con antelación, inscribirá al individuo en terapia y tomará otras medidas positivas para demostrar que el incidente fue un hecho aislado y que no hay riesgo de daños futuros.

Con la orientación de un abogado experto en casos de violencia doméstica, podrá contar con la tranquilidad de saber que haremos que parezca fácil. 

Para más información sobre la ley de Violencia Doméstica de California, el mejor paso a seguir es una consulta inicial. Obtenga la información y las respuestas legales que busca llamando hoy al (619) 710-6095.

Daniel S. Castaneda, Esq.

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